martes, 27 de marzo de 2012

Libertad para creer o no creer


Una sociedad civilizada y democrática es necesariamente multicultural y pluralmente religiosa, por ello, la libertad religiosa debe concebirse como el derecho de las personas a profesar la religión que considere conveniente.

Hacer de México una República Democrática, de Derecho y con Bienestar social para todas y todos (o para su gran mayoría) no es un propósito que se pueda alcanzar desde la aplicación de preceptos, principios o convicciones religiosas.

A lo largo de la historia de la humanidad, las teocracias —ninguna de ellas— han hecho posible ese objetivo y por el contrario, cualquier gobierno de los hombres en el nombre de Dios, han resultado en desgracias o en dictaduras que son antítesis de ese ideal civilizatorio que es la democracia política y el bienestar social.

Aún más, el concepto de República es claramente contradictorio con el de una teocracia. Ésta última por su propia “naturaleza” (aplicar principios y ordenamientos de “origen divino”) no considera necesario para los asuntos del gobierno, las opiniones (diversas y plurales) de los integrantes de la sociedad. Un gobierno teocrático se guía por los principios y los dogmas que identifican al credo religioso que profesa.

En una República Democrática, en sentido diferente, el gobierno actúa en función de los DERECHOS de los ciudadanos, los cuales son absolutamente terrenales, es decir; el derecho a una VIDA digna, el derecho a la libertad, a pensar de manera diferente, a profesar la religión que desee, a opinar sobre el futuro de la sociedad y de la nación, a votar y decidir sobre quién debe gobernar, etcétera, etcétera.

Por estas claras diferencias conceptuales, entre una democracia y una teocracia, es que la libertad religiosa en una República debe entenderse como el derecho de cada persona a profesar la religión que desea.

Entendemos que una sociedad civilizada y democrática es necesariamente multicultural y pluralmente religiosa, y por ello mismo, la libertad religiosa debe concebirse entonces, como el derecho de las personas a profesar la religión que considere conveniente y no como una concesión del Estado para que alguien tenga “la libertad para IMPONER” su religión a los demás.

La presencia del papa Benedicto XVI en México y su claro propósito de pontificar la libertad religiosa, está siendo aprovechada por algunos sectores de la Iglesia católica para abrir de nueva cuenta, un viejo tema que a lo largo de nuestra historia como nación ha sido polarizante y más allá de ello, causa de guerras y cruentas confrontaciones. Me refiero al supuesto derecho de algunas religiones de “garantizarles” a los infantes mexicanos educación religiosa.

En una teocracia los gobernantes adoctrinan sobre principios religiosos. En una República Democrática, los gobernantes deben enseñar principios democráticos y de entre éstos, el derecho de cada quien a pensar y ser diferente. Por eso la importancia del actual proceso legislativo para cambiar el artículo 24 y 40 de nuestra Constitución. Son asuntos trascendentes, pero el más importante es que la República Mexicana sea democrática, LAICA y procure para todas y todos libertad de creer o no creer.

martes, 20 de marzo de 2012

Presunción de inocencia: pieza fundamental del nuevo sistema de justicia



El proyecto del ministro Arturo Zaldívar sobre el caso Cassez ha catalizado un debate respecto a los derechos y garantías de los acusados. Sin juzgar acerca de la culpabilidad de la ciudadana francesa, el ministro expone que la “escenificación ajena a la realidad” montada por las autoridades federales tuvo un efecto corruptor sobre todo el proceso, teniendo “una incidencia devastadora en otros derechos fundamentales, como la presunción de inocencia y la defensa adecuada”.

La presunción de inocencia exige que cualquier persona acusada de un delito sea tratada como inocente durante el procedimiento penal. El ministro Zaldívar señala en su proyecto que la presunción de inocencia es el derecho a recibir la consideración y el trato de no autor o no partícipe en hechos de carácter delictivo y determina, por ende, el derecho a que no se apliquen las consecuencias o los efectos jurídicos anudados a hechos de tal naturaleza. “En pocas palabras, la Constitución no permite condenas anticipadas”, afirma.

Desafortunadamente, el proceder de las autoridades federales en materia de seguridad pública y justicia, en este y otros miles de casos, va en sentido contrario a la trascendente reforma constitucional en materia penal y derechos humanos; por medio de la cual transitamos de un sistema inquisitorial a uno acusatorio, en donde el derecho a la presunción de inocencia juega un papel fundamental. 

La presunción de inocencia es cotidianamente violada. Las autoridades policiacas y ministeriales tratan como culpables a los detenidos, exhibiéndolos y asegurando a las víctimas que aprehendieron a sus victimarios. En los tribunales, de manera sistemática se trata a los procesados como culpables, teniendo éstos que demostrar su inocencia, en lugar de que los ministerios públicos comprueben sus imputaciones.

Por su parte, los medios de comunicación no tienen a la presunción de inocencia entre sus premisas. Constantemente reproducen las imágenes más llamativas de acusados, presentados por las autoridades. En las detenciones o presentaciones, juzgan e interrogan con una idea preconcebida a los incriminados y sus familiares, teniendo como único referente periodístico la información oficial. Algunos líderes de opinión toman partido y emprenden campañas a favor o en contra de alguna acusación.

Pero lo más grave, respecto al desempeño de algunos medios de comunicación, es su participación consciente en escenificaciones hechas por alguna agencia gubernamental. En primer lugar, los medios pueden ser copartícipes de la violación a derechos fundamentales (la garantía a ser presentado de manera inmediata ante la autoridad ministerial, por ejemplo). En segundo lugar, presentar escenificaciones como si fuera información, mintiendo sobre si la transmisión es grabada o en vivo, los medios de comunicación atentan contra lo que debería ser su propia esencia: informar de manera veraz.

Para una gran cantidad de medios, incluidas las televisoras, los contenidos no pueden ser regulados de ninguna forma. Afirman que únicamente es a través de la autorregulación como se puede garantizar que los medios cumplan su tarea informativa. Pues  bien, es tiempo de que los medios revisen y apliquen sus propios códigos de ética para evitar desinformar y manipular hechos, teniendo como una premisa el derecho a la presunción de inocencia.

Por lo que respecta a las autoridades, éstas deben de entender cabalmente que ahora funcionan en las coordenadas de un sistema penal acusatorio y que conceptos como el de debido proceso y presunción de inocencia son una realidad jurídica. En este contexto, resultan inadmisibles escenificaciones que vulneren derechos y garantías, las cuales pueden liberar culpables y condenar inocentes. Los montajes de Genaro García Luna, como en el caso Cassez, no pueden ser tolerados en un Estado democrático de derecho. El primer paso para reconocerlo es el cese de este funcionario federal y el inicio de los procedimientos que correspondan. Asimismo, Televisa y TV Azteca tienen que rendir cuentas respecto a su participación en las escenificaciones montadas por el ahora secretario de Seguridad Pública.

martes, 13 de marzo de 2012

Encuestas como si fueran pizzas

Excélsior

En su origen, las encuestas fueron concebidas como herramienta para que empresas privadas, gobiernos, partidos políticos, universidades e institutos de investigación, pudieran obtener información acerca de los hábitos, costumbres, filias, fobias de determinados grupos sociales, tales como los consumidores, los votantes u otros conglomerados de la sociedad.

La información obtenida se convertía en cifras y números para que, con esos datos, finalmente se pudiera conocer el comportamiento de dichos grupos sociales y, con ello, elaborar propuestas, respuestas y soluciones a problemas específicos.

En 1953, Albert Kinsey publicó un estudio (basado en una encuesta) acerca del comportamiento sexual de los estadunidenses que causó un gran revuelo al difundir, por ejemplo, el porcentaje de personas casadas que habían cometido adulterio y, como consecuencia de ello, la existencia de una deficiente higiene sexual en ese país. Recientemente, otra encuesta sobre las familias norteamericanas reveló que los castigos corporales a los niños y niñas ocasionan problemas sexuales cuando son adolescentes o adultos. Éste es un tema, pero hay muchos otros en que, para su mejor conocimiento, las encuestas resultan indispensables.

Cualquier empresa comercial del mundo hace uso de las encuestas para vender mejor sus productos, y no hay partido político o candidato que no recurra a las encuestas para conocer de los sentimientos, afinidades, pasiones, razones y comportamientos de los electores.

Sin embargo, la razón original de los estudios estadísticos y demoscópicos se ha desvirtuado, especialmente en la política. En esta actividad esencial de toda sociedad y de todo grupo humano, las encuestas sirven ahora para tratar de condicionar y direccionar, en muchas ocasiones con engaños, el voto de los ciudadanos. Muchas de las “casas encuestadoras” venden su producto como si vendieran pizzas, es decir, con los ingredientes (los números) que el cliente pida.

Leo Zuckermann (Nexos, marzo 2012) relata una entrevista que hizo Joaquín López-Dóriga a Fausto Vallejo, el entonces candidato del PRI a la gubernatura de Michoacán. “Inicialmente, (dice Vallejo sobre la casa encuestadora GCE) me daba a mí ventaja, pero (como) no llegamos a ningún acuerdo y obviamente pasó a otros momios a favor de la (otra) candidata”. El “acuerdo” al que hace referencia Vallejo era sobre montos de dinero, y la sola declaración debiera ser suficiente para que el IFE y los organismos privados que procuran la profesionalización de las encuestas llevaran a cabo una elemental investigación. Es claro que la publicación de esa encuesta, como de otras, debiera, como cualquier propaganda, entrar en la contabilidad de los gastos de campaña de los respectivos partidos y candidatos.

No pocas de las encuestas difundidas profusamente atienden al pago de determinado monto de dinero o al establecimiento de compromisos —una especie de pagarés— para cobrarlos cuando el candidato sea, eventualmente, gobernante.

Dice el IFE que, para propósitos de los gastos de los candidatos, va a “contabilizar hasta los volantes y las botellas de agua”, pero intencionadamente olvidan su obligación de contabilizar la propaganda vía encuestas o los infomerciales de campaña que se llevan a cabo en muchos medios de comunicación. Desde luego que hay excepciones, tanto en casas encuestadoras como en medios de comunicación. Lamentablemente, son pocas las que actúan con rigor científico y profesionalismo. La mayoría atienden a los partidos y candidatos como si fueran clientes de pizzería, esto es: con los ingredientes (los números) que pida.

martes, 6 de marzo de 2012

¿Son ciudadanas y ciudadanos las y los miembros de los partidos políticos?


Giovanni Sartori define a un partido como “cualquier grupo político identificable mediante un membrete oficial que se presenta a las elecciones y que es capaz de colocar, a través de las elecciones, a candidatos para los cargos públicos”.

Como se puede deducir de esta definición, una de las principales funciones institucionales de un partido político es lograr que sus miembros ejerzan directamente el poder o tengan influencia sobre él. Esta función ha sido estigmatizada a tal grado que muchos actores políticos y sus partidos adoptan un discurso demagógico y se presentan ante la sociedad como líderes y organizaciones que no buscan ejercer ningún tipo de autoridad que devenga del poder público.

La estigmatización referida llega al grado de descalificar a los miembros de un partido político por el hecho de postularse a algún cargo de representación popular. El discurso demagógico descansa sobre el falso argumento de que los partidos políticos tendrían que postular a los ciudadanos.

¿Son las y los miembros de un partido político ciudadanas y ciudadanos? La simple lógica nos ayudaría a responder afirmativamente, pero veamos los siguientes fundamentos normativos:

Según la Constitución Política, en el artículo 34, son ciudadanos quienes, teniendo la calidad de mexicanos, sean mayores de 18 años y tengan un modo honesto de vivir. En correlación a lo anterior, el artículo 41, fracción I, establece que los partidos políticos tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de la representación nacional y, como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulan. Sólo los ciudadanos podrán formar partidos políticos y afiliarse libre e individualmente a ellos.

No queda duda de que los miembros de un partido político, siempre y cuando cumplan con los preceptos constitucionales, son ciudadanas y ciudadanos con derechos políticos plenos.

Es de llamar la atención los cuestionamientos a los partidos políticos por “no incluir a los ciudadanos en sus candidaturas”. Las y los miembros del partido al que pertenezco no aterrizaron el día de ayer provenientes de Marte, sino que son ciudadanas y ciudadanos con plenos derechos, quienes decidieron participar primordial y activamente en la política para transformar al país.

¿Desde dónde lo iban a hacer? ¿Desde una empresa? ¿Desde una institución académica? ¿Desde un medio de comunicación? Podrían haberlo hecho desde cualquier ámbito, pero decidieron hacerlo a través de las instituciones idóneas para ello: los partidos políticos.

En este contexto, llama la atención que parte de los cuestionamientos contra los miembros de los partidos —que son candidatos— provengan de las mismas personas que promueven la reelección bajo el argumento de que se necesita profesionalizar al Poder Legislativo.

A pesar de la propaganda constante para desprestigiar a las personas que se dedican profesionalmente a la política, la mayoría de la sociedad no le apuesta a la improvisación ni a las ocurrencias. Basta ver las reacciones a la postulación de personajes provenientes del mundo del espectáculo y del deporte.

Sobre el falso dilema de ellos (políticos) contra nosotros (ciudadanos), aprendimos de la peor manera la lección con un “forastero” del sistema político que se ostentaba asimismo como alguien ajeno a los partidos y a las instituciones: Vicente Fox.

Para terminar, me gustaría dejar claro que, así como considero legítimo que los miembros de los partidos políticos sean candidatos a puestos de elección popular, considero indispensable que los demás ciudadanos y ciudadanas interesados en los asuntos públicos del país puedan ser postulados de manera independiente. Por ello, he impulsado sistemáticamente una reforma política que contemple, entre otros puntos, las candidaturas independientes.