Desde hace décadas, las izquierdas han impulsado y concretado reformas trascendentales para construir la democracia en México.
Si bien todavía falta un largo camino que recorrer, de gran importancia son los logros alcanzados en materia de democracia representativa, como son el sistema electoral y la división de Poderes.
Pero la visión de una izquierda que le apuesta a la democracia por las vías legales e institucionales no se restringe únicamente a la representación, sino que va mucho más allá e incluye el fortalecimiento de la democracia participativa como uno de sus objetivos.
En congruencia con la anterior, fuimos firmes promotores de la reforma al artículo 35 de nuestra Constitución Política publicada el 9 de agosto de 2012, por medio de la cual se introdujo al texto constitucional una nueva figura jurídica: la institución de las consultas populares.
Con la citada reforma la Constitución dispone en su artículo 35 que es un derecho de las ciudadanas y los ciudadanos “votar en las consultas populares sobre temas de trascendencia nacional”. En el mismo artículo queda establecido que las consultas comprenden en el ámbito federal todo tipo de materias, sean determinaciones tanto del Poder Ejecutivo como del Legislativo, quedando excluidos únicamente los temas relativos a la restricción de los derechos humanos, los principios consagrados en el artículo 40 constitucional, materia electoral, ingresos y gastos del Estado, seguridad nacional y la organización, funcionamiento y disciplina de la Fuerza Armada permanente.
Así, la reforma que impulsamos del artículo 35 constitucional significa un gran avance para el ejercicio de la democracia directa en nuestro país. En el mismo sentido, la minuta de la Cámara de Diputados referida a la Ley Federal de Consulta Ciudadana y su aprobación por parte del Senado de la República el pasado 27 de febrero, contribuye a ejercer el derecho constitucional de los ciudadanos a ser consultados en temas de transcendencia nacional.
Con ella, se da un paso más en la ruta de hacer realidad el derecho constitucional de las y los ciudadanos a ser consultados en asuntos públicos de trascendencia nacional, se fortalecen los mecanismos de participación ciudadana y se mejora la calidad de nuestra democracia.
La minuta precisa y define con claridad algunos preceptos del artículo 35 constitucional que eran malinterpretados de forma dolosa por quienes desde ahora se oponen a que la sociedad utilice este tipo de mecanismos participativos, anticipándose sobre todo a una consulta sobre la reciente Reforma Energética.
De esta manera, esta ley reglamentaria precisa que serán objeto de consulta popular los temas de trascendencia nacional, que repercutan en la mayor parte del territorio nacional e impacten en una parte significativa de la población, quedando expresamente establecido que las consultas pueden ser sobre reformas constitucionales.
Asimismo, establece que los ciudadanos puedan respaldar más de una consulta popular (vale recordar que la minuta de la Cámara impedía absolutamente a los ciudadanos firmar dos solicitudes) y mandata al Instituto Federal Electoral para que promueva la difusión y discusión informada de las consultas que hayan sido convocadas por el Congreso de la Unión, a través de los tiempos de radio y televisión que correspondan al propio instituto.
De aprobarse en los términos referidos la Ley de Consulta Popular por la Cámara de Diputados, no existirá ningún margen para tergiversar el texto constitucional y contaremos con las condiciones óptimas para que en las próximas elecciones de 2015 se sometan a la consideración de la ciudadanía las reformas que se hicieron a los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución en materia energética.
*Expresidente del PRD
Twitter: @jesusortegam
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