Excélsior
En las elecciones internas del PRD de 2009 para elegir candidatos a jefes delegacionales, la candidata de Andrés Manuel López Obrador para Iztapalapa, Clara Brugada, no obtuvo la nominación. Ante este hecho, AMLO decidió crear un Frankenstein en la persona de Rafael Acosta, alias Juanito, que a su vez sería postulado a ese cargo por el PT. AMLO, junto con Ebrard, se valieron de todos los recursos para hacer “ganar” al tal Juanito para que, calificada la elección, éste pidiera licencia y, con una burda maniobra, le cediera el cargo a Brugada. Finalmente se llevó a cabo esta tramposa acción política que, burlando la ley y engañando al electorado, convirtió a la nombrada por AMLO en jefa delegacional.
En las elecciones internas del PRD de 2009 para elegir candidatos a jefes delegacionales, la candidata de Andrés Manuel López Obrador para Iztapalapa, Clara Brugada, no obtuvo la nominación. Ante este hecho, AMLO decidió crear un Frankenstein en la persona de Rafael Acosta, alias Juanito, que a su vez sería postulado a ese cargo por el PT. AMLO, junto con Ebrard, se valieron de todos los recursos para hacer “ganar” al tal Juanito para que, calificada la elección, éste pidiera licencia y, con una burda maniobra, le cediera el cargo a Brugada. Finalmente se llevó a cabo esta tramposa acción política que, burlando la ley y engañando al electorado, convirtió a la nombrada por AMLO en jefa delegacional.
Por otra parte, en el mismo 2009 en una batalla librada desde la izquierda, se modificó el entonces Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales para incluir acciones afirmativas y, con ello, garantizar el acceso equitativo de las mujeres a puestos de elección popular. Con esta reforma todos los partidos políticos nacionales se obligaban a cumplir con un porcentaje establecido de aspirantes a cargos de elección popular necesariamente del género femenino. Para burlar lo anterior, ocho diputadas electas del PVEM pidieron licencia para que sus escaños fuesen ocupados por personas de género masculino. Debido a esta grotesca manipulación de cargos públicos de elección se desconocía la acción afirmativa, se burlaba la ley y se pasaba por alto la voluntad popular. A estas diputadas del PVEM se les denominó como Las Juanitas.
El más reciente aspirante que pretende utilizar el “método Juanito” es el exjefe de Gobierno, Marcelo Ebrard Casaubon, quien tras buscar una candidatura a diputado federal plurinominal por el PRD y no conseguirla por no contar con los votos suficientes en el Consejo Nacional de este instituto político, decidió entonces registrarse simultáneamente al mismo cargo, ¡por otro partido político!
Lo anterior fue considerado por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación como una violación a la ley, ya que, a juicio de este órgano jurisdiccional, Ebrard “participó en dos procesos de selección interna de candidatos a cargos de elección popular por diferentes partidos políticos, que ocurrieron al mismo tiempo formalmente, esto es, de manera simultánea, sin que existiera entre éstos convenio alguno para participar en coalición, circunstancia que actualiza la infracción a la prohibición establecida en el artículo 227, apartado 5, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (ningún ciudadano podrá participar simultáneamente en procesos de selección interna de candidatos a cargos de elección popular por diferentes partidos políticos, salvo que entre ellos medie convenio para participar en coalición).
Con base en lo anterior, el TEPJF ordenó al INE cancelar el registro de Ebrard como candidato a diputado federal plurinominal por Movimiento Ciudadano. Ante esto, Ebrard recurre al “método Juanito” y obtiene, por parte del INE, su registro como candidato a diputado federal suplente de René Cervera, un incondicional suyo desde hace años.
Otorgarle el registro a Ebrard como candidato suplente no hace ninguna diferencia con su registro original por el MC, ya que la candidatura es en la misma posición por la cual quiso ser registrado de manera primigenia. Pero, además, al pretender interpretar que la prohibición era sólo aplicable para la candidatura en calidad de propietario resulta ridículo, ya que es de explorado derecho que los requisitos constitucionales ya contenidos en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales son exactamente los mismos tanto para propietario como para suplente, por lo que resulta una justificación por demás absurda.
Así, nos encontramos de nueva cuenta ante la concepción política de que la ley se puede torcer cuando se le considera injusta o cuando es contraria a un proyecto estrictamente personal. Esta visión de violentar la legalidad cuando así conviene a intereses personales o partidarios contradice de manera sustantiva a la democracia y, desde luego, afecta al país.
Esperemos que el TEPJF no permita que se cometa fraude a sus propias resoluciones ni que permita un desacato tan descarado como el que enfrenta en este caso.
Twitter: @jesusortegam
http://ortegajesus.blogspot.com/
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